Nada encuentra el Tribunal en los autos demostrativo la contribuyente haya aportado dicha prueba, razón por la cual considera improcedente su alegación. Se declara.
En virtud de lo expuesto, se considera procedente la confirmación de la multa impuesta a la contribuyente por el por incumplimiento del deber formal de mantener en sitio visible de establecimiento la declaración de impuesto sobre la renta, del ejercicio anterior a aquél en se practicó la actuación fiscal. Se declara.