este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte oferente en la presente oferta de pago, las cuales se desprenden de copia instrumento poder autenticado consignado al folio 13 al 18 de autos, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajador le imparte la HOMOLOGACION DEL PAGO efectuado a la parte oferida por parte de la oferente, cuyo monto fue por ONCE MIL CIENTO TRECE CON VENTIDOS CENTIMOS (Bs. 11.113,22), mediante un (01) cheque librado contra el Banco Banesco, a su nombre, distinguido con el número 23290176 por la cantidad de ONCE MIL CIENTO TRECE CON VENTIDOS CENTIMOS (Bs. 11.113,22)), de fecha 28/12/2012, por los conceptos laborales de Prestaciones Sociales art.142 LOTTT,. Intereses sobre Prestaciones Sociales art.143.....