En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento de la acción con respecto al juicio que por NULIDAD DE VENTA interpuso la ciudadana VIOLETA CRISTINA VALDIVIA DE NAZZARO contra los ciudadanos MANUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ y ANTONIO NAZZARO RONGO.
SEGUNDO: DECLARAR TERMINADO el procedimiento y ORDENA el archivo del expediente.
Por la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.