Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada Adriana Sánchez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 43.455, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora recurrente, contra la sentencia de fecha 02 de marzo de 2011 dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Oswaldo Sousa contra la empresa C.A. Cervecería Regional por cobro de diferencias de Prestaciones Sociales. En consecuencia, se ordena pagar los montos y conceptos ordenados a pagar en la parte motiva del fallo. TERCERO: SE REVOCA la sentencia recurrida.
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