(...) Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por el representante de la parte actora abogado DAVID QUINTERO, por lo que la demandada deberá cancelar a la actora la cantidad de TRESCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES CON 16/100 (Bs. 303.945,16), conforme a la decisión aquí proferida, de igual forma se condena a la parte demandada a pagar los honorarios profesionales de los auxiliares de justicia SARA MENESES y EDDY LARA, se deberá cancelar los honorarios del auxiliar de justicia impugnado LENOR RIVAS, tal como fue establecido en la motiva de la presente decisión. ASI SE DECIDE.(...)