Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad que le otorga la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de divorcio intentada por la ciudadana LUISA COROMOTO PALACIOS, contra el ciudadano VÍCTOR JOSÉ PEÑA, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la presente decisión; SEGUNDO: CON LUGAR LA MUTUA PETICIÓN DE DIVORCIO impetrada por el ciudadano VÍCTOR JOSÉ PEÑA, contra la ciudadana LUISA COROMOTO PALACIOS, fundada en las causales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil. Como consecuencia de ello se decalara DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL efectuado en fecha 29 de octubre de 1986, ante la Primera Autoridad de la Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Distrito Capital, conforme los lineamientos determinados ut supra, en este fallo. SE DECLARA EL CESE DE LA COMUNIDAD DE GANANC.....