PRIMERO: Oída la exposición de los jóvenes los cuales a viva voz han expresado que su residen en el Estado Miranda, específicamente en Santa Teresa del Tuy, y oída la exposición de la defensa así como la de la Fiscal del Ministerio Publico, este Tribunal a objeto de dar cumplimiento a los parámetros establecidos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en sus artículos 621 y 630 que establecen lo siguiente: “ Artículo 621. ...” Y “Artículo 630. ...; evidenciándose de esta manera que los jóvenes al imponérseles la ejecución de la sanción por ante un Juzgado de la ciudad de Caracas obstaculiza el cabal cumplimiento de la sanción puesto que la localidad para la cual residen los jóvenes es en las afueras del Área Metropolitana de Caracas, (Miranda, Santa Teresa del Tuy), siendo lo correcto el cumplimiento de la sanción en la localidad mas cercana a su lugar de residencia o de convivencia familiar, aunado a que los delegados de libertad asistida q.....