Vista la diligencia presentada en fecha 11 de Mayo de 2007, por el ciudadano WILMER JOSE TORRES, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado RAMON CHACIN, y por el abogado JESUS LEOPOLDO, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente CAFÉ SAN IGNACIO C.A., mediante la cual consignan transacción laboral por la cantidad de Bs. 2.917.000,00 entregado mediante dinero en efectivo, en consecuencia este Juzgado le imparte la correspondiente homologación a la mencionada transacción en los términos en ella expuestos. Así mismo vista la solicitud realizada por la parte oferente de que se le expidan sendas copias certificadas de la transacción y del presente auto, este Juzgado acuerda expedir las copias certificadas de conformidad con lo establecido en el numeral tercero del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja constancia que las mismas serán certificadas una vez el solicitante consigne los fotostatos correspondientes.
Se da por.....