Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la falta de cualidad e interés de la empresa COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), para sostener el presente juicio, en virtud de no existir inherencia y conexidad entre la actividad desarrollada por la empresa COMPUSERMAN INTERNATIONAL, C.A., y la desarrollada por CANTV.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción que por diferencia de prestaciones sociales intentara el ciudadano CARLOS ALBERTO VILLEGAS LOPEZ, en contra de la empresa COMPUSERMAN INTERNATIONAL, C.A, ambas partes, plenamente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia, se ordena el pago de los conceptos declarados procedentes en la motiva; así como el pago de los intereses sobre prestación de antig.....