"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 11 al 31 y presentado por el ciudadano VIDALIA RODRIGUEZ, titular de la C.I. V-5.079.591, asistida por el abogado MARISOL DA VARGEM, IPSA Nº 109.971, en su carácter de parte oferida y la oferente EXGEO, C.A., en la persona de su abogado WILLIAM FUENTES, IPSA Nº 31.934, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.52.733,95), la que es pagada mediante 2 cheques del Banco Venezolano de Crédito, Números 00011501 y 00022546, el primero de fecha 02-04-2014 por la cantidad de Bs.8.051,53, y el segundo en fecha 23-04-2014, por la cantidad de Bs.44.682,42, respectivamente, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo esta.....