En merito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Estadal Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción de la Región Capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el abogado Oscar Omaña Guerrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.382, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FÉLIX RAÚL PERDOMO ECHEZURIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 631.155, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S).
Se ORDENA notificar al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de la publicación de la presente sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, por lo que se insta a la parte actora a consignar los fotostatos de la presente decisión, a los fines de ser anexadas al oficio de notificación dirigid.....