este Tribunal Superior Tercero (3°) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra la sentencia dictada en de fecha 16 de abril de 2018, por el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra la sentencia dictada en de fecha 16 de abril de 2018, por el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial. TERCERO: Parcialmente Con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana GREGORIA DEL CARMEN HEREDIA RODRIGUEZ contra CLÍNICA SANATRIX, C. A. CUARTO: Modificada la sentencia recurrida. QUINTO: No hay condenatoria en costas.