Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada apelante en contra de la sentencia de fecha 29/11/2005, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, hoy Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado con distinta motivación; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR La demanda incoada por la ciudadana MARBELLA GUADALUPE VARGAS HERNANDEZ en contra de la sociedad mercantil: INDUSTRIAS INTERCAPS DE VENEZUELA, C.A; se condena a la demandada a pagar la prestación de antigüedad de acuerdo a los parámetros indicados en la pa.....