DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: HOMOLOGADA la suspensión de la presente causa, de conformidad con lo señalado en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 202 parágrafo segundo del Código de Procedimiento Civil el cual se aplica analógicamente, desde el día hoy, CATORCE (14) DE JULIO DE 2014, HASTA EL DÍA DIECIOCHO (18) DE JULIO DE 2014, ambas fechas inclusive, convocándose a las partes para la continuación de la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, para el día LUNES VEINTIUNO (21) DE JULIO DE 2014, A LAS 10:30 A.M., asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia .....