-PRIMERO: Se declara la IMPROPONIBILIDAD OBJETIVA en derecho de la pretensión que por PRESCRICPION EXTINTIVA DE HIPOTECA incoara el ciudadano JOSÉ LUIS TRUJILLO SUÁREZ, venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad número V-996.504 en contra del ciudadano JOSÉ PILAR BARBELLA RAMOS, venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad número V-2.108.077.
-SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no se hace especial condenatoria en costas