Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia de ello se declara la extinción del presente procedimiento.- ASÍ SE DECIDE.-