DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la acción que por DESALOJO la ciudadana MARCELA SCHWARTZ DABOIN contra la ciudadana EGLELINA GARCÉS VIVAS. En consecuencia se ordena a la ciudadana demandada a:
PRIMERO: La entrega material del inmueble arrendado constituido por "un apartamento ubicado en la Avenida Circunvalación del Sol urbanización Santa Paula, Edificio Judith, piso 7, apartamento N° 72, Municipio Baruta del Estado Miranda.
SEGUNDO: Que de conformidad con lo establecido en el articulo 34 Parágrafo Primero de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, una vez que conste en autos la notificación que se le haga a la parte demandada perdidosa, y que la sentencia quede definitivamente firme, comenzara a correr un lapso improrrogable.....