Por todas las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INVALIDA la Oferta Real propuesta por la ciudadana MONICA VARINA TERAN ESPINOZA.-
SEGUNDO: CONFIRMADA la decisión apelada.-
TERCERO: Se condena en costas del proceso, a la parte oferente, perdidosa en él.-
CUARTO: Se condena en costas del recurso de apelación a la parte apelante perdidosa.-
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y líbrese oficio de remisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Noveno Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los Trece (13) días del.....