DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ANDRES ELOY CASTILLO, en su carácter de Defensor Privado inscrito bajo el inpreabogado N°26.558, respectivamente, actuando en defensa de los ciudadanos JOEL EVANGELITO TORRES VALERO Y JORMAN MICHE MEDINA, en contra de la decisión dictada con ocasión a la celebración de la Audiencia Oral para Oír al Imputado de fecha 11 de Julio de 2015, por el Juzgado Trigésimo Noveno (39°) en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto medida judicial preventiva privativa de libertad en contra de s.....