Este Juzgado Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Se deja constancia del Pago en la Oferta Real presentada por la entidad de trabajo GRILLO AL CUBO, C.A., a favor del ciudadano CAMILO ALBERTO REVERON BARÓN todos identificados en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.