Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de
la presente decisión a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre del
Municipio Libertador del Distrito Federal ( Hoy Distrito Capital), a los fines de
que estampe la correspondiente nota marginal en el Acta de Matrimonio 687, de
fecha 29 de septiembre de 1989, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774
del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 502 del Código
Civil. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las
autoridades correspondientes, una vez consten en autos los fotostatos respectivos.
De conformidad con lo dispuesto en el particular DECIMO de la Resolución Nº 05-
2020, de fecha de 05 de octubre de 2020, emanado de la Sala de Casación Civil del Tribunal
Supremo de Justicia, se ordena la remisión de la dispositiva en formato PDF, a la cuenta
notificacionesysentencias.civil@gmail.com para su publicación en el portal Web.