Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE POR CADUCO el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Alfonso Graterol Jatar y María Genoveva Páez-Pumar, antes identificados, en su carácter de apoderados judiciales de Aluminios Brito de Venezuela, C.A.,, contra Acta de fecha 14 de mayo de 2012, suscrita por las funcionarias Keysy Gutiérrez en representación de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía de Caracas y Jenny Caldera en su carácter de Consultor Jurídico de Fundacaracas.