Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Homologado el Desistimiento del Procedimiento en la demanda incoada por el ciudadano Angelo Rafael Guerrero Ramírez contra la entidad de trabajo Constructora Norberto Odebrecht, S.A., ambos identificados en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.