DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo, por la potestad conferida por los ciudadanos y ciudadanas, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede Contencioso Administrativa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: El DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN por pérdida del interés procesal, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento incoado contra Providencia Administrativa de efectos particulares emanada de la INSPECTORIA EL TRABAJO SEDE ESTE DEL AREA METROPOLITANA DEL DISTRITO CAPITAL. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 57-01, EXP: 338-00 de fecha 26 de Julio de 2001. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas procesales por la naturaleza del presente fallo. TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, así como de la Procuraduría General de la República conforme a lo establecid.....