Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 14/10/2025

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 1] Página 1 de 1
N° Expediente : AP71-X-2025-000132 N° Sentencia : 4 Fecha: 14/10/2025
Procedimiento:
Recusaciòn
Partes:
DRA. ANDREINA MEJÍAS DÍAZ, EN SU CONDICIÓN DE JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal Superior Segundo, constata que se ha verificado la impertinencia del medio probatorio, en vista de que existe un fin concreto con respecto a la prueba promovida, que se escapa de la esfera legal, que fundamenta dicha prueba, es decir, por cuanto, lo solicitado por la parte recusante, es información confidencial y personal de la Dra. ANDREINA MEJÍAS DÍAZ, en su condición de Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de esta Circunscripción Judicial, por tanto, su objeto no se adecua al fin que persigue la prueba de Informe, prevista en el artículo 433 del código de Procedimiento Civil. Razón por la cual, este Juzgado NIEGA la admisión de dicha prueba, por ser inconducente e impertinente, en garantía de la protección de la privacidad del funcionario judicial objeto de esta incidencia, y ASI SE DECIDE.- EL JUEZ SUPERIOR, Dr. JHONME RAFAEL NAREA TOVAR EL SECRETARIO, Abg. RENÉ FAJARDO MOTA En esta misma fe.....
Juez/Ponente:
Jhonme Rafael Narea Tovar
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados