Se declaró SIN LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA OPUESTA RELATIVA EN EL ORDINAL 4º DEL ARTÍCULO 346 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Se dejó constancia que la contestación a la demanda se tendrá lugar dentro de los Cinco (05) Días de Despachos siguientes al de hoy, en el horario comprendido de Ocho y Treinta de la mañana (8:30 a.m.,) a Tres y Treinta de la Tarde (3:30p.m), de conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil. Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.