En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta del ciudadano Freddy Padrón Moreno; y en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la pretensión de cobro de bolívares contenida en la demanda incoada por la sociedad mercantil Inmobiliaria Data House, C.A. ambas partes identificadas en el presente fallo.