Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la acción incoada por los ciudadanos WOLFGANG ELICHER COCHO y DARMAR JOSEFINA AGUILLON GONZALEZ contra la ASOCIACION CIVIL UNAMOS AL MUNDO POR LA VIDA y en consecuencia se condena a la parte demandada a cancelar los siguientes conceptos y cantidades: En el caso del ciudadano WOLFGANG ELICHER COCHO: Por Vacaciones fraccionadas la cantidad de novecientos treinta y tres bolívares fuertes con treinta y ocho céntimos (Bs. F 933,38); Por Bono vacacional fraccionado la cantidad de quinientos setenta y siete bolívares fuertes con ochenta y un céntimos (Bs. F 577,81); Por bonificación de fin de año (aguinaldos); la cantidad de quinientos diecinueve bolívares fuertes con cuarenta.....