Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por Desalojo, incoara la Dra. YASMIN CORDOVA actuando como apoderada judicial de INVERSIONES 1584-C.A., contra el ciudadano CARMINE MELONE VONA, todos identificados en el texto del presente fallo.
En consecuencia se condena a la parte demandada al desalojo del inmueble constituido por un terreno, ubicado entre las esquinas de San Francisquito a Aguacate No. ¾, calle Sur 14, Parroquia San Juan, Municipio Libertador, del Distrito Capital.
Asimismo, se condena a la parte demanda al pago de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto del 2006.
A tenor de lo señalado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.
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