D E C I S I O N
En razón de todo lo expuesto, conforme a las disposiciones legales a las cuales se ha hechos referencia, este Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Dtto. Metropolitano de la Ciudad de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, pasa a dictar los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el Abg. JOSE HERNANDEZ LARREAL, en su carácter de apoderado judicial de la victima HECTOR CESAR MARTINEZ ECHEVERRIA, en el sentido que se fije audiencia oral, pero por la comisión del delito de ESTAFA.
SEGUNDO: Se acuerda refijar el acto de juicio oral y público, en la presente causa, para el día JUEVES 07 de febrero de 2008, a las diez de la mañana (10:00 a.m.).
TERCERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el apoderado judicial de la victima, quien pidió se remit.....