Ambas partes declaran estar conformes con lo antes expresado en esta Acta de fecha catorce (14) de Diciembre de Dos Mil Siete (2.007), levantada en el ASUNTO AP21-S-2.007-002322 y que nada más tienen que reclamarse por los respectos arriba referidos, ni por ningún otro concepto o daños y perjuicios de cualquier tipo derivados de la relación de trabajo ni otros conceptos o derechos no señalados anteriormente, por lo tanto solicitan a este Juzgado Cuarto de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, que mediante decisión expresa, que homologue el acuerdo de las partes y de por terminado el presente Juicio, y que una vez que quede definitivamente firme, ordene el archivo y cierre informático del ASUNTO AP21-S-2.007-002322. Este Tribunal, visto que la parte demandada persistió en despedir al trabajador solicitante de la Calificación de Despido y que pagó adicionalmente a los conceptos d.....