Este Tribunal de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Juez Unipersonal número X, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, haciendo uso de sus amplias facultades legales que le confiere el artículo 393 de de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, concede AUTORIZACION JUDICIAL suficiente para que el niño SSSSSSSSS, viaje a la ciudad de MIAMI de los ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, con su hermano el ciudadano CAMILO ERNESTO CRESPO RIVERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-12.067.619, en el periodo comprendido desde el 23 de Diciembre de 2007 hasta el 02 de Enero de 2008. En consecuencia se solicita la colaboración de las autoridades competentes para el libre transito del referido niño. Expídase por Secretaria copia certificada del presente auto y entréguese a la parte interesada, a los.....