PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por cumplimiento del contrato de arrendamiento intentó LUIS ALFREDO VASQUEZ SEQUERA versus ALEIDA MIGUELINA CASTILLO DE CADAVID, todos identificados.
SEGUNDO: Se condena a la demandada hacer entrega real, material y efectiva del inmueble de juicio al actor:
"APARTAMENTO IDENTIFICADO CON EL NÚMERO Y LA LETRA P.B.A., SITUADO EN LA PLANTA BAJA DEL EDIFICIO DENOMINADO RESIDENCIAS CAPRI IX, UBICADO EN LA SEGUNDA (2º) ZONA, MANZANA Q-Q DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA, CALLE PROLONGACIÓN, AVENIDA DEL CENTRO, MUNICIPIO SUCRE, DEL ESTADO MIRANDA"
TERCERA: Se condena al demandado a que los pagos efectuados por la demandada desde la fecha de la terminación del contrato, queden como indemnización de los daños y perjuicios producidos por el uso del inmueble (compensación por lucro cesante).
CUARTA: Por haber resultado totalmente vencida en la presente litis, se condena en costas a la parte demandada, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Po.....