DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora y SIN LUGAR la adhesión a la apelación efectuada por la parte
demandada, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo en fecha 17 de Junio de 2009. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano José Rodríguez en contra de l empresa Inversiones Super Arepas 2005, c.a., en consecuencia se condena a esta última al pago de los conceptos indicados en el capítulo que antecede. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas. CUARTO: Se modifica el fallo apelado.
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