PRIMERO: Se acuerda el reingreso del joven sancionado a la Casa de Reeducación, Rehabilitación e Internado Judicial El Paraíso donde permanecerá bajo las órdenes de este Tribunal. SEGUNDO: Se acuerda el traslado del sancionado al Cuerpo de Investigaciones Científica, Penales y Criminalísticas, Dirección DE Evaluación Y Diagnostico Mental Forense, a los fines de que se le practique al mismo nuevo Peritaje Psiquiátrico Forense, constante de evaluación Psiquiatrica y Psicológica, la cual debe ser remitida a este Juzgado a la brevedad posible. TERCERO: Se acuerda oficiar al equipo técnico de la Casa de Reeducación, Rehabilitación e Internado Judicial El Paraíso a los fines de realizar nueva evaluación al joven, (IDENTIDAD OMITIDA) con el objeto de de supervisar la sanción a la cual está expuesto el sancionado de autos debiendo ser remitida las resultas a este Juzgado. CUARTO: Una vez agregado a los autos los informes solicitados se fijará nueva audiencia a los fines de supervisar el cumpl.....