DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano HÉCTOR JESÚS LUGO PINEDA, asistido por el abogado DERVIN ALBERTO TIGRERA LEÓN, contra la Inspectoría del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro con sede en Los Teques, Estado Miranda.
SEGUNDO: Se ordena al Inspector(a) del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro con sede en Los Teques, Estado Miranda, dar respuesta a la solicitud contenida en el escrito de fecha 8 de febrero de 2008 y en las diligencias de fecha 5 y 16 de mayo de 2008, consignadas por el actor ante ese organismo administrativo del trabajo, mediante las cuales solicitó la apertura del procedimiento sancionatorio previsto en el Título XI, artículos 625 al 652 de la Ley Orgánica del Trabajo; dentro del plazo de .....