En consecuencia, esta Juez Constitucional N° 14 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana RITA MARIELA ALIENDRES GARCIA, abogado en ejercicio, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.416.337 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 67.170, actuando en su propio nombre, en beneficio de su hija XXXX en contra del ciudadano HERMINIO RAFAEL ROBLES CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.952.605, en su carácter de padre de la niña up supra. Se dicta Mandamiento de Amparo con el objeto de que la niña XXXX pueda viajar en compañía de su madre, ciudadana RITA MARIELA ALIENDRES GARCIA, venezolana, mayor de edad, tit.....