PRIMERO: INADMISIBLE la Demanda de Nulidad interpuesta por la abogada Cristina Mendes Vásquez, en su condición de apoderado judicial de la ALCALDIA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, contra el acto administrativo de fecha 19 de junio de 2008 contenido en la Providencia Administrativa N° 328-2008, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador "Pedro Ortega Díaz" en el Expediente N° 079-2008-01-00585, mediante la cual declaró Con Lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos presentada por el ciudadano Alejandro José Blanco, titular de la Cedula de Identidad Nº V-6.160.225
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.