En por las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley NIEGA LA ADMISIÓN de la demanda intentada mediante el procedimiento por intimación por "PRODUCTOS Y FINANCIAMIENTOS AGRÍCOLA PROFINCA, C.A." contra NAUDY TEMÍSTOLE OLIVARES y NAUDY DE JESÚS OLIVARES, por cobro de bolívares por letra de cambio y cobro de honorarios profesionales. Deposítese el instrumento que se acompañó a la demanda en la caja de seguridad del Tribunal y certifíquese el mismo en autos.-