DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, 243, 206 y 212 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de todo lo actuado después del auto dictado por este Juzgado en fecha 25 de enero de 2023, exclusive.
SEGUNDO: LA REPOSICIÓN de la causa al estado que se notifique a la parte demandada del contenido del auto de fecha 25 de enero de 2023, donde se fija un término de DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO siguientes a que la secretaria deje constancia en autos de la realización de la ultima de las notificaciones de las partes, a fin de que se reanude la presente causa al estado que corresponde
TERCERO: Líbrese nuevas boletas de notif.....