Se practicó medida de embargo preventivo sobre el cincuenta por ciento (50%) del fideicomiso, fondo de ahorro, prestaciones sociales y otros conceptos laborales que no constituyen salario que le puediese corresponder al ciudadano FRANK JOSÉ COELLO POLANCO, declarando igualmente su desposesión jurídica y quedando las mismas en guarda y custodia del Mayor (Ej.) PABLO JOSÉ CABAÑA HERRERA, en su condición de Jefe del Departamento de Fideicomiso del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional.