DISPOSITIVA
Por la razones que anteceden, esta Sala Diez de Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara INADMISIBLE la inhibición planteada por la ciudadana SHELLYS BRAVO, Juez Vigésima Segunda (22ª) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa Nº J22-822-14, en la causa seguida al ciudadano ISIDRO JOSE RIVERO MONASTERIO, por no poderse determinar la causal de inhibición alegada.