es por lo que se acuerda dividir la continencia de la presente Causa en lo atinente al imputado JOHN OVALLES SIERRA, ello con la finalidad de no paralizar el proceso con relación a los ciudadanos JOSE MIGUEL GONZALEZ, LUIS HUMBERTO GUEVARA GONZALEZ, ISRAEL JOSÉ HURTADO, ELIO RAMON VELACO CORSO, MANUEL TORRES CLEMENTE, MIRIAN VICENTA DUGARTE, ELIO ANTONIO VELASCO ROMERO y RAMON ANTONIO CANAAN AVILA, en consecuencia, vista la acusación presentada por la Fiscal Vigésima Séptima (27°) del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas, en contra del ciudadano JOHN EDWAR OVALLES SIERRA, por la comisión del delito LESIONES PERSONALES GRAVÍSIMAS, previsto y sancionado en los artículos 422 ordinal 2° y 416 ambos del Código Penal, se acuerda fijar el acto de la Audiencia Preliminar de conformidad con lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día 16-06-2006, a las diez (10:00) horas de la mañana, todo ello a los fines de salvaguardar el debido proceso y .....