Vista la sentencia definitivamente firme dictada en contra del ciudadano ROBERT SIRA IGLESIAS, titular de la Cédula de Identidad V-7.661.775, por medio de la cual se establece una medida de seguridad contemplada en el artículo 420 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal pasa a ejecutar la misma de conformidad con lo previsto en los artículos 479, ordinal 1° y 482 ejusdem