En el día hábil de hoy quince (15) de mayo de dos mil siete (2007), siendo las 10:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio JOSE RAFAEL ANTEQUERA MARQUEZ contra VNP CORRETAJE DE SEGURO C.A.; se deja expresa constancia que solo comparecieron el ciudadano ALEX FRANCISCO MUÑOZ ARANGUREN abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 77.254, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada y se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148° y 197 °.