DISPOSITIVA
Esta SALA 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: SE ADMITEN las documentales promovidas por la inhibida, por no aparecer en principio evidentemente impertinentes o ilegales a los fines de su debida apreciación en la decisión de fondo.
Publíquese, regístrese y déjese copia.