Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en contra de la decisión de fecha dieciocho (18) de diciembre de 2013, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial del Trabajo, todo en el juicio incoado por el ciudadano MANUEL ENRIQUE GUERRERO TERAN contra la sociedad mercantil FERTEC, C.A. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia de primera instancia recurrida en los términos expuestos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.