En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la acción interpuesta por la ciudadana MARIA DA CONCEICAO GOMES DE RODRIGUES contra la Sociedad mercantil INDER C.A. en consecuencia, se ordena a la última a cancelar a la trabajadora la cantidad de CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS TRAINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs.43.939.525,33 por los conceptos arriba indicados.
Se condena en costas a la parte demandada.