REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 15 de Junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP11-R-2010-000215
Vista la diligencia que antecede de fecha once (11) del corriente mes y año, suscrita por el abogado CARLOS COLMENARES VARELA, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos YLDEMAR NIETO y MARIA DE NIETO, parte actora en el presente juicio, mediante la cual solicita aclaratoria de la sentencia dictada en fecha siete (7) de junio de 2010, alegando que en dicha sentencia se cometió un error involuntario al colocar Juzgado Undécimo, siendo lo correcto Juzgado Noveno.-
Al respecto el Tribunal considera:
Que de la revisión del fallo cuya aclaratoria se solicita, se observa que efectivamente por error material involuntario aparece en la identificación final del dispositivo de la misma ".........