III
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, intentada por los ciudadanos JOSE FRANCISCO MUIZZI RAMOS y YELLY CONSTANZA PELLEGRINI RUIZ, ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 185, 188 y 189 del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por DIVORCIO, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha en fecha veintiuno (21) de diciembre del año dos mil seis (2006), ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Aragua, según consta de Acta de Matrimonio Nº 252, expedida por la misma autoridad en la fecha señalada.
Notifíquese a la autoridad antes mencionada, así como al Registrador Principal del Estado Aragua. .
Por cuanto no procrearon hijos ni obtuvieron bienes durante la unión matr.....